Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
El Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) lo conforman:
- Las entidades encargadas de la Dirección, Control y Vigilancia del Sistema como el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo, el Consejo Nacional de Riesgos Laborales, la Superintendencia Nacional de Salud y la Superintendencia Financiera de Colombia.
- Las ARL, es decir, las Administradoras de Riesgos Laborales públicas y privadas.
- Los empleadores.
- Los trabajadores.
Las responsabilidades del Sistema General de Riesgos Laborales son compartidas entre la empresa, la ARL y el trabajador, y son:
1. La empresa afilia a todos sus trabajadores al Sistema y desarrolla programas de prevención y control de los riesgos laborales.
2. La ARL asesora y brinda asistencia técnica a la empresa para el desarrollo de los programas de prevención y, atiende a los trabajadores que se accidentan o enferman por causas propias del trabajo que desarrollan.
3. El trabajador cuida su salud, cumple las normas de seguridad y salud en el trabajo, definidas en la empresa.
Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), están encargadas de:
- El recaudo de las cotizaciones que hacen las empresas por sus trabajadores.
- La asesoría para la ejecución de los programas de prevención que se realizarán en la empresa.
- La atención médica y de rehabilitación de los trabajadores que se accidenten o enfermen por causas propias de su trabajo.
- El pago de las prestaciones económicas como las incapacidades, pensiones de invalidez y de sobrevivientes que se puedan generar como consecuencia de los accidentes o enfermedades laborales.
POLÍTICA SINDICAL EN EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
La Seguridad Social y la Salud Laboral son un Valor y un Derecho Humano fundamentales, y el rol protagónico del Estado es esencial para garantizarlo, así como la participación de los trabajadores en un ambiente de diálogo social.
Por lo tanto es condición necesaria la participación y decisión en igualdad de condiciones de las organizaciones sindicales con la de los empleadores y el Estado, para la construcción y consecución de ambientes de trabajo saludables y mejoramiento de la salud laboral.
Los trabajadores tienen también la obligación de actuar colectivamente para trascender el rol de la queja y la denuncia que siempre han asumido. El papel hoy debe ser el de tener la iniciativa con propuestas que promuevan la salud y prevengan el accidente y la enfermedad a causa del trabajo. Promover y prevenir implican participar, disentir e investigar, para modificar las condiciones de trabajo. Como estas condiciones obedecen a políticas públicas, su modificación depende de la acción sindical en el lugar de trabajo, de la acción de todos las y los trabajadores, y de la acción ciudadana en su conjunto. Por ello es necesario generar estrategias colectivas en defensa de nuestra salud, del Trabajo Decente, y de una sociedad justa y equitativa, que reconozca la importancia del sindicalismo para el sistema democrático.
Bibliografía
Ministerio del trabajo. (2014). Cartilla de Riesgos laborales para trabajadores. Bogotá, Colombia. Recuperado el 24 de abril de 2017 de http://www.mintrabajo.gov.co/medios-febrero-2014/3090-cartilla-de-riesgos-laborales-para-trabajadores.html
Ministerio de Salud y Protección Social. (s.f.). Aseguramiento al sistema general de salud. Bogotá, Colombia. Recuperado el 24 de abril de 2017 de https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/Regimensubsidiado/Paginas/aseguramiento-al-sistema-general-salud.aspx
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