martes, 2 de mayo de 2017

Cuáles son las prestaciones económicas a que tienen derecho los trabajadores en el Sistema General de Riesgos Laborales




En el Sistema General de Riesgos Laborales, los trabajadores tienen derecho a prestaciones económicas, las cuales son:

  • Subsidio por incapacidad temporal. 
  • Indemnización por incapacidad permanente parcial. 
  • Pensión por invalidez. 
  • Pensión de sobrevivientes. 
  • Auxilio funerario. 


Según el Ministerio de Salud y Protección Social (..), Las sumas de dinero que las ARL deben pagar por concepto de prestaciones económicas deben indexarse, con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) al momento del pago certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE.
Según el Artículo 55 del Decreto 1295 de 1994, Suspensión de las prestaciones económicas previstas en este decreto.( Declarado exequible de manera condicionada por la Corte Constitucional en sentencia C-452 de 2002) Las entidades administradoras de riesgos profesionales suspenderán el pago de las prestaciones económicas establecidas en el presente decreto, cuando el afiliado o el pensionado no se someta a los exámenes, controles o prescripciones que le sean ordenados; o que rehuse, sin causa justificada, a someterse a los procedimientos necesarios para su rehabilitación física o profesional o de trabajo.

Bibliografía

Aseguradora de Riesgos Profesionales SURA. (1994). Decreto 1295 del 22 de Junio de 1994. Recuperado el 2 de mayo de 2017 de https://www.arlsura.com/articulos/60/

Ministerio de Salud y Protección Social. (2014). Aseguramiento en Riesgos Laborales. Recuperado el 2 de mayo de 2017 de https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/DOA/RL/Aseguramiento%20en%20riesgos%20laborales.pdf

No hay comentarios:

Publicar un comentario