miércoles, 3 de mayo de 2017

Prestaciones económicas en el Sistema General de Riesgos Laborales: Incapacidad Temporal



Sindicato frente al tema


El sindicato es el encargado en este momento de proteger e informar al empleado sobre sus derechos ante la situación de presentar una incapacidad temporal, haciendo uso de las normas que rigen en el ministerio de trabajo como son:

Puede despedirse a un trabajador que se ausenta del trabajo sin justificar la incapacidad?

Si el trabajador no informa oportunamente al empleador de sus incapacidades ni las acredite mediante las órdenes médicas de su EPS o ARP, podría tener aplicación lo establecido por el numeral 4° del Artículo 60 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual señala que está prohibido a los trabajadores faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del empleador, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar de trabajo.
Quién reconoce el pago de la incapacidad de origen común y cómo se remunera?

De acuerdo con el Parágrafo 1° del Artículo 40 del Decreto 1406 de 1999, el cual fue modificado mediante Decreto 2943 del 17 de diciembre de 2013, estarán a cargo de los respectivos empleadores las prestaciones económicas correspondientes a los dos (2) primeros días de incapacidad originada por enfermedad general, tanto en el sector público como en el privado; y de las Entidades Promotoras de Salud a partir del tercer (3) día y de conformidad con la normatividad vigente.

En el Sistema General de Riesgos Laborales, las Administradoras de Riesgos Laborales reconocerán las incapacidades temporales desde el día siguiente de ocurrido el accidente de trabajo o la enfermedad diagnosticada como labora.

Mientras se cumplan las normas contempladas por el ministerio de trabajo el trabajador no podrá ser despedido, y el sindicato tendrá gran participación en el aspecto de promover indagar el cumplimiento de este con el objeto de que no se le vulneren los derechos a los trabajadores y de no ser así exigir su cumplimiento con los diferentes medios de presión.

Bibliografía

Ministerio del Trabajo.(s.f.). Qué es una incapacidad. Bogotá, Colombia. Recuperado el 2 de mayo de 2017 de http://www.mintrabajo.gov.co/preguntas-frecuentes/incapacidad.html
Salud Colombia. (2002). Ultimas normas Servicio de Salud Colombia.Bogotá, Colombia. Recuperado el 2 de mayo de 2017 de http://www.saludcolombia.com/actual/htmlnormas/LEY%20776_02.htm 


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