jueves, 30 de marzo de 2017

Tribunal de arbitramento

* El tribunal de arbitramento es una jurisdicción (autoridad o poder para juzgar y aplicar las leyes), mediante la cual las partes involucradas en un conflicto, deciden que las diferencias sucitadas en la relación contractual, sean resueltas por  particulares, llamados "árbitros", las deciciones que estos tomen, son obligatorias para las partes, y equivale a una sentencia, la cual se llama fallo o laudo arbitral.

* El arbitraje puede ser impuesto por la ley en cuyo caso será obligatorio y legal, o voluntario cuando es una decisión libre de las partes implicadas.

* El Artículo 452 del Código Sustantivo del Trabajo, establece que serán sometidos a arbitramento obligatorio:


A) Los conflictos colectivos de trabajo que se presenten en los servicios públicos esenciales y que no hubieren podido resolverse mediante arreglo directo.
B) Los conflictos colectivos del trabajo en que los trabajadores optaren por el arbitramento, conforme a lo establecido en el artículo 444 de este Código.
C) Los conflictos colectivos del trabajo de sindicatos minoritarios, siempre y cuando la mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa no hayan optado por la huelga cuando esta sea procedente.
- Los conflictos colectivos en otras empresas podrán ser sometidos a arbitramento voluntario por acuerdo de las partes.


* El tribunal de arbitramento obligatorio se compondrá de tres miembros, designados asi: uno por parte de la empresa, otro por parte del sindicato o sindicatos a los cuales esten afiliados más de la mitad de los trabajadores, o en su defecto por los trabajadores en asamblea general y el tercero de común acuerdo, elegido por los dos primeros, en caso que estos en cuarenta y ocho (48) horas no se pongan de acuerdo para elegir el tercer arbitro, esté será designado por el Ministerio de Trabajo de lista integrada por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

* Los individuos que directa o indirectamente hayan intervenido en alguna de las etapas de la negociación, representando a alguna de las partes, no podrá ser miembro de los tribunales de arbitramento.




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